#EntreNetas | ¿Honores a la bandera o al presidente?

Por extraño que parezca, la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales contemplan la ejecución de honores tanto a la Bandera Nacional como al presidente de la República. A pesar de que la misma ley establece con toda claridad en su artículo primero que “El Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, son los Símbolos Patrios de los Estados Unidos Mexicanos” y que “La presente Ley es de orden público y regula sus características y difusión, así como el uso del Escudo y de la Bandera, los honores a esta última y la ejecución del Himno”, en artículos subsecuentes plantea y posibilita la ejecución de los honores a las personas, de manera particular al presidente.

Cuando se propuso dicha ley en el año 1983 se estipuló en la exposición de motivos que “a los símbolos patrios se les venera porque, haciéndolo, se rinde homenaje a los héroes, conocidos y anónimos, que hicieron viables la independencia nacional y las instituciones republicanas; se ofrece tributo al pueblo de todas las épocas que…hizo de la adversidad una oportunidad para el triunfo; se reconoce que en los valores de nuestra cultura está la esencia de nuestro ser como país; se reafirma la voluntad de soberanía y se ratifica nuestra devoción por cuanto no es exclusivo y propio: Lo mexicano.” Asimismo, en el dictamen presentado en la Cámara de Diputados el 26 de diciembre de 1992, se resaltó que nuestra identidad nacional se representa en nuestros símbolos patrios – el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales- cuyo respeto y veneración constituyen la materia de la iniciativa de aquel entonces.

Como podemos observar, en ninguna de estas consideraciones se visualizó que la veneración, el homenaje o los honores tengan como destinatario a la figura del titular de uno solo de los tres poderes faltando al artículo 49 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que precisa que el Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

No existe razón válida, ni lógica, que justifique el acto de rendir honores específicos y dirigidos a la persona depositaria del Poder Ejecutivo por dos razones esenciales: primera, porque contrario a la Constitución, se atenta contra el equilibrio de poderes; y segunda, porque se promueve el culto a la persona y al cargo mismo por encima de las instituciones.

El propio presidente López Obrador ha expresado “No me gusta el culto a la personalidad”; quien a propósito de la estatua que colocaron en su honor en Atlacomulco dijo “Yo les agradezco mucho por sus buenas intenciones, pero también que me hagan caso porque no me gusta lo que tenga que ver con la vanidad, el culto a la personalidad…” Es momento de modificar la Ley.

Como decía Albert Einstein “… todo lo que de cualquier modo se refiera al culto personal siempre me ha resultado desagradable” ¿Honores al presidente? No. Los honores se rinden a nuestros símbolos patrios, nunca más a la figura personal del político en turno.

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