#EntreNetas | ¿Revocación o ratificación de mandato?

En la primera semana de septiembre la Cámara de Diputados discutió la Ley de Revocación de Mandato con el propósito de ampliar el derecho de los ciudadanos a participar en la determinación de su gobierno. Este ejercicio de democracia avanzada mantiene una sola esencia y custodia un solo objetivo: permitir la terminación de un encargo público antes de finalizar el periodo para el que es electo. Nada mas, pero nada menos. Esta ley se materializa mediante la realización de una consulta pública a las y los ciudadanos sobre si el presidente debe continuar en su cargo o debe ser removido por la pérdida de confianza. Hasta aquí todo aparenta ser una novedosa práctica para implementar un ejercicio democrático que califique anticipadamente el desempeño del presidente. Sin embargo, existen tres lastres que desvirtúan e impiden la realización genuina de esta práctica progresista. Primera, la deformación de su concepción por parte del oficialismo. Revocación según la Real Academia Española es la acción y efecto de revocar definiendo revocar como dejar sin efecto una concesión, un mandato o una resolución. Mientras que la ratificación es la acción y efecto de ratificar, es decir, aprobar o confirmar actos, palabras o escritos dándolos por valederos y ciertos. ¿Qué podemos interpretar al respecto? ¿Cuál es la diferencia sustantiva entre un proceso de revocación – como lo mandata la ley- y uno de ratificación? Sencillo, la revocación persigue exclusivamente el ánimo para promover la terminación del cargo, mientras que la ratificación promueve la permanencia. No es lo mimo recolectar firmas para pedir que un presidente se quede en el puesto a pedir firmas para que deje el cargo; son peticiones opuestas. Promover la ratificación dentro de un ejercicio eminentemente de revocación es un total contrasentido. Ha sido el propio presidente quien paradójicamente ha promovido la revocación desde el oficialismo.

Él es quien todos los días busca engañar haciendo ver la revocación como una ratificación; violando la ley, usando recursos públicos, con pronunciamientos ilegales y en tiempos oficiales. Segundo obstáculo, el financiero. Para la correcta implementación de un proceso de consulta nacional se requieren recursos extraordinarios para desplegar centros de votación a lo largo y ancho de todo el país. Contradictoriamente, fue la mayoría legislativa oficialista quien recortó en casi 5,000 millones de pesos el presupuesto al INE poniendo en riesgo la consulta. Y tercer inconveniente, el legal. Existe una acción de inconstitucionalidad presentada por los legisladores de oposición ante la tergiversación que de este ejercicio ha realizado el gobierno. Es evidente el carácter propagandístico que el presidente ha dado a esta consulta con fines perversamente electorales en un nuevo refuerzo a la narrativa presidencial. ¿Revocación o ratificación de mandato? La diferencia es clara.

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